Titulación Requerida: Certificado de estudios primarios
Requisitos: 2.1. Las personas interesadas en participar en las pruebas selectivas deberán reunir los siguientes requisitos: 2.1.1. Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos exigidos por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 2.1.2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación. 2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Educación Primaria, Certificado de escolaridad, poseer formación laboral equivalente o acreditación de los años cursados y calificaciones obtenidas en la Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación por el Ministerio competente en la materia. 2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del puesto a que se aspira. 2.1.5. No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 2.1.6. Haber abonado la correspondiente tasa de inscripción en la convocatoria por cada categoría profesional a que se aspira, de acuerdo con lo establecido en la Base Tercera. 2.1.7. No ostentar la condición de personal laboral fijo al servicio de la Cámara de Cuentas de Andalucía en la categoría profesional para la que se presente la solicitud. 2.2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta la fecha de formalización del contrato como personal laboral fijo. 2.3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que, quienes soliciten su participación, declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 1 de la Base Séptima. * PARA MÁS INFORMACIÓN CONSULTAR BASES.
Organismo: Cámara de Cuentas de Andalucía
Plazas: 6
Plazo: 16/05/2019
Observaciones: * El número total de plazas convocadas es de seis y la distribución para cada opción es: - Ordenanza: 1 plazas. - Conductor: 3 plazas. - Reprógrafo: 1 plaza. - Telefonista: 1 plaza. * SOLICITUDES: Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud, cuyo modelo se reproduce en el Anexo II de esta convocatoria. - La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Cámara de Cuentas o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. - Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario o funcionaria de Correos, antes de ser certificadas. * PLAZO DE SOLICITUDES: Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas de Andalucía, dentro de los veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, haciendo constar en su solicitud de forma inequívoca esta convocatoria.
Convocatoria: Enlace a convocatoria en el BOJA
Fuente: BOJA nº 72 de 15/04/2019 (Pág.109)
Fecha publicacion:
22/04/2019