- Diligencia de publicación
- Requerimiento de Subsanación
- Formulario de subsanación Línea 2: Consolidación empresarial
Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles para realizar la subsanación, comenzando el 12 de enero de 2024 y finalizando el 25 de enero de 2024.
La forma de presentación de la subsanación, será única y exclusivamente en el modelo habilitado para ello y de forma telemática, a través de la Sede Electrónica del IFEF, Registro General de entrada indicando PROGRAMA AYUDAS REEMBOLSABLES, a la que puede acceder a través del siguiente enlace:
https://sedeelectronica.ifef.es/portalCiudadano/portal/entidades.do?ent_id=5&idioma=1