En el Consejo Rector del IFEF celebrado en el día 06/10/2022, al punto 4º del Orden del dia, ha sido aprobado el “PLAN BARAJAS ARRIBA”, consistente en un programa de subvenciones a la reactivación de locales comerciales cerrados, como medida de fomento de la actividad empresarial y económica en el municipio, con el objetivo de dinamizar, reactivar y potenciar la actividad económica de la ciudad y la generación de empleo en el municipio, contribuyendo de manera complementaria al cumplimiento de las ordenanzas municipales con la puesta en marcha e inicio de actividad en locales cerrados y sin actividad en el momento de la solicitud.
Para el desarrollo del PLAN BARAJAS ARRIBA, se han elaborado las “BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REACTIVACIÓN DE LOS LOCALES COMERCIALES EN LA CIUDAD DE CÁDIZ”
Las características que ha de tener el local para poder acceder a las subvenciones son las siguientes:
- Se subvenciona la puesta en marcha de una actividad comercial, de hostelería o servicios, susceptible de ser realizada en un local que esté situado en planta baja, localizado dentro del término municipal de Cádiz.
- El local deberá tener acceso directo desde la calle, contar con fachada exterior y encontrarse cerrado y sin actividad en el momento de la solicitud.
- Al ser la finalidad de esta iniciativa la reactivación de la actividad económica, no serán subvencionables los locales que estén en bruto y que no hayan tenido previamente una actividad comercial.
- El local debe contar con la viabilidad de uso urbanística y cumplir con las distintas normativas (accesibilidad, contraincendios, etc.) para poder obtener licencia de apertura o encuadrarse dentro de los supuestos de declaración responsable.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones tanto las personas físicas (Autónomos), como Sociedades civiles, Comunidades de bienes y personas jurídicas (cualesquiera que sea su forma jurídica), que vayan a iniciar el desarrollo de una actividad comercial, de hostelería o servicios susceptible de ser realizada en un local comercial inactivo sito en el municipio de Cádiz, a través de contrato de arrendamiento, traspaso o compraventa del local afecto a la actividad.
El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación y se iniciará de oficio mediante la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz además de en propia web del IFEF.
La convocatoria de estas ayudas cuenta con una dotación presupuestaria de 200.000 € y la concesión se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el artículo 14 de las bases reguladoras, otorgando la ayuda por orden de puntuación a aquellas que hayan obtenido mayor puntuación hasta el límite fijado en la convocatoria.
Se incluyen como criterios de valoración: la superficie construida del local en el que se reactiva la actividad comercial, las características del solicitante atendiendo al sexo y la edad, así como a si presenta diversidad funcional y la forma jurídica del solicitante.
Los beneficiarios podrán optar a una subvención a fondo perdido del 50% del importe de la renta del local comercial durante los 12 meses iniciales de actividad (contrato de arrendamiento/traspaso).
En el supuesto de compra del local, sólo será subvencionable en el supuesto de haber acudido a financiación externa para su adquisición, en cuyo caso podrán optar a una subvención a fondo perdido del 50% del importe de las cuotas mensuales de préstamo, hipoteca o cualquier otra fuente de financiación externa, durante los 12 meses iniciales de actividad, considerando sólo la devolución de principal excluidos los intereses
En todos los casos el importe máximo de subvención por local asciende a la cuantía de 6.250 euros.
El importe referido en el párrafo anterior es por solicitud/local pudiendo un mismo solicitante presentar más de una solicitud, siempre que se cumplan los requisitos exigibles para el local y para el beneficiario.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.