En el Consejo Rector del IFEF celebrado en el día 21/10/2022, al punto 2º del Orden del día, ha sido aprobado el “PLAN COMERCIO VIVO”, consistente en un programa de subvenciones destinado a apoyar a los autónomos y microempresas del sector comercial de la ciudad de Cádiz, otorgando liquidez dado que se trata de un sector que no ha podido recuperarse de la pandemia como otros que han retomado su actividad con mejores resultados.

Para el desarrollo del PLAN COMERCIO VIVO, se han elaborado las “BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL DE AUTÓNOMOS Y MICROEMPRESAS DE LA CIUDAD DE CADIZ”.

Podrán ser beneficiarios del PLAN COMERCIO VIVO los Autónomos y Microempresas, personas físicas o jurídicas cualesquiera que sea su forma jurídica, que tengan un local abierto al público y desarrollen su actividad comercial en la ciudad que, a la fecha de presentación de la solicitud reúnan los requisitos exigidos para adquirir la condición de beneficiarios establecidos en el artículo 4 de las bases reguladoras.

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación y se iniciará de oficio mediante la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz además de en la página Web del IFEF: https://www.ifef.es

La convocatoria de estas ayudas cuentan con una dotación presupuestaria de 280.000 € y la concesión se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el artículo 14 de las bases reguladoras, otorgando la ayuda por orden de puntuación a aquellas que hayan obtenido mayor puntuación hasta el límite fijado en la convocatoria.

Se incluyen como criterios de valoración: El empleo que genera el solicitante, la tipología de empresa y la fecha de alta censal.

Los beneficiarios podrán optar a una subvención a fondo perdido de 4.000 euros.

Cada empresas sólo podrá presentar una única solicitud.

Los beneficiarios definitivos de la Línea 1: Comercio Minorista de las Ayudas económicas de emergencia para autónomos y microempresas de la ciudad de Cádiz afectadas por el COVID-19” convocadas por Resolución de 4 de junio de 2020 y publicadas en el BOP N.º 113 de fecha 17/06/2020, y de las “Subvenciones en apoyo a la situación generada por el COVID-19 en autónomos y microempresas de la Ciudad de Cádiz” convocadas por Resolución de 14 de octubre de 2021“, y publicadas en el BOP N.º 207 de fecha 29/10/2021, también podrán presentar su solicitud, siendo valoradas siguiendo el orden establecido en el artículo 9 de las bases reguladoras supeditado en todo caso al límite presupuestario fijado en la convocatoria.

Se procederá a la valoración en primer lugar de las solicitudes que no hayan concurrido y obtenido la condición de Beneficiarios Definitivos de anteriores convocatorias, en segundo lugar en el supuesto de haber disponibilidad presupuestaria, se valorarán los beneficiarios de la convocatoria 2020 y por último los beneficiarios de la convocatoria 2021 anteriormente mencionadas.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

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