Tablón Virtual IFEF

EMPLEO PÚBLICO: Proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la adquisición de la condición de reservista voluntario de las Fuerzas Armadas

Titulación Requerida: Sin determinar

Requisitos: 2.1 GENERALES: a) Poseer la nacionalidad española. b) Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad y no alcanzar en el 2019 una edad máxima de cincuenta y ocho (58) años para las plazas de las categorías de oficial y de suboficial, y de cincuenta y cinco (55) años para la categoría de tropa y marinería. c) Carecer de antecedentes penales. d) No tener abierto en calidad de procesado, imputado, investigado o encausado, ningún procedimiento judicial por delito doloso. e) No estar privado de los derechos civiles. f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de la función pública. g) Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será verificada mediante las pruebas que se determinan en la base 7, y no haber sido calificado como «no apto con carácter permanente» en la convocatoria del año anterior. h) No haber resuelto su compromiso como reservista voluntario con anterioridad, por alguna de las siguientes causas: 1) Haber sido sancionado por falta grave o por sanción disciplinaria extraordinaria. 2) Haberle sido declarada la insuficiencia de condiciones psicofísicas conforme a la normativa vigente sobre aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas. 3) Al ser activado, haber solicitado y tener concedida la suspensión de la incorporación en dos ocasiones consecutivas o tres alternas durante los últimos seis años. A estos efectos, no se contabilizará la suspensión acordada por las causas previstas en el artículo 42.3 del Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas. 4) No incorporarse en la fecha y lugar designado, al pasar a la situación de activado, salvo que se acredite la existencia de causa documentalmente justificada, que deberá ser valorada por el Mando o Jefatura de Personal correspondiente. 5) Incumplimiento, en contra de lo declarado por el interesado, de las condiciones para tomar parte en la convocatoria de acceso a la condición de reservista voluntario. 6) Incumplimiento de la normativa general y particular establecida para los reservistas voluntarios. i) No haberle sido denegada la ampliación de compromiso como reservista voluntario. j) No ostentar la condición de militar profesional, Guardia Civil, Policía Nacional o personal estatutario del Centro Nacional de Inteligencia. k) No haber finalizado su relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas como consecuencia de: 1) Insuficiencia de condiciones psicofísicas que implique inutilidad permanente para el servicio. 2) Insuficiencia de facultades profesionales. 3) Incapacidad permanente para toda profesión u oficio. 4) Imposición de pena principal o accesoria de pérdida de empleo, de inhabilitación absoluta o de inhabilitación especial para empleo o cargo público. 5) Imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación del servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso o separación del servicio, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre. l) No haber resuelto el compromiso como militar de complemento o como militar de tropa y marinería como consecuencia de: 1) Insuficiencia de facultades profesionales. 2) Insuficiencia de condiciones psicofísicas. 3) Imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación del servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso o separación del servicio, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre. 4) Condena por delito doloso. m) En el caso de haber sido militar de complemento, no tener denegada la renovación del compromiso o la suscripción del compromiso de larga duración que se establecen en el artículo 77.2 y disposición transitoria quinta.3, respectivamente, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre. n) En el caso de haber sido militar de tropa y marinería, no tener denegada la renovación de compromiso o la suscripción del compromiso de larga duración que se establecen en los artículos 8 y 9, respectivamente, de la Ley 8/2006, de 24 de abril. 2.2 ESPECÍFICAS: a) Acreditar alguna de las titulaciones o niveles educativos que se indican a continuación: 1) Para acceder a las plazas de la categoría de oficial: a) Tener aprobados los estudios de primer ciclo de educación universitaria, o los estudios completos de tres cursos de las Facultades o Escuelas Técnicas Superiores, conforme a la normativa anterior a la nueva redacción dada a la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril. b) Haber superado los estudios correspondientes al ciclo de grado o estar en posesión del título de graduado o graduada, o título equivalente, con la denominación que conste en el Registro de Universidades, Centros y Títulos regulado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre. c) Estar en posesión de los mismos títulos que se exigen para el acceso a la condición de militar de carrera de los Cuerpos de Ingenieros o de Intendencia del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas. 2) Para acceder a las plazas de la categoría de suboficial: a) Estar en posesión del Título de Bachiller, establecido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o título equivalente. b) Haber superado la prueba de acceso a la universidad prevista en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. c) Estar en posesión de los títulos de formación profesional de técnico especialista, técnico superior o equivalente a efectos académicos. d) Estar en posesión de alguna de las acreditaciones académicas declaradas equivalentes a efectos de acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional. 3) Para acceder a las plazas de la categoría de tropa y marinería, en consonancia con el requisito de titulación exigido para el acceso como militar profesional a la condición de tropa y marinería: estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes. ...PARA VER MÁS REQUISITOS ESPECÍFICOS CONSULTAR BASES.

Organismo: Ministerio de Defensa

Plazas: 100

Plazo: 23/11/2018

Observaciones: * OBJETO DE LA CONVOCATORIA: El objeto de la presente convocatoria es regular el proceso de selección, mediante la forma de ingreso directo, por el sistema de concurso para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la adquisición de la condición de reservista voluntario de las Fuerzas Armadas en las categorías de oficial, de suboficial y de tropa y marinería. * SOLICITUD CITA PREVIA: La solicitud de cita previa se podrá presentar personalmente, o por correo certificado, en las Secretarías Generales, Áreas de Reclutamiento, Órganos de Apoyo, Oficinas Delegadas u Oficinas o Puntos de Información dependientes de las Delegaciones y Subdelegaciones de Defensa. Igualmente, y siempre que esté disponible, la cita previa se podrá solicitar por vía telefónica en el número 902 43 21 00 o 913 08 97 98. También podrá presentarse en las unidades, centros u organismos del Ministerio de Defensa y de la Guardia Civil, desde donde se cursará a la Secretaría General de la Delegación de Defensa o al Área de Reclutamiento/Órgano de Apoyo de la Subdelegación de Defensa de la provincia de residencia del solicitante. De igual forma, se podrá cursar a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, desde donde se remitirá a la Subdelegación de Defensa en Madrid. Por último, la solicitud de cita previa podrá presentarse ante el resto de los organismos a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En todo caso, cuando la instancia se presente en lugar distinto a la Subdelegación de Defensa, el aspirante la adelantará vía fax dentro del plazo de admisión de solicitudes (Número de fax en apéndice 6). * ÁREA DE RECLUTAMIENTO CON CENTRO DE SELECCIÓN EN CÁDIZ: - DIRECCIÓN: Paseo de Carlos III, 3 Bajo. - CÓDIGO POSTAL: 11071. - TFNO. 956.21.04.21 - FAX: 913.84.02.67 - Correo electrónico:reclutamientocadiz@oc.mde.es * PLAZO SOLICITUD DE CITA PREVIA: La participación en el proceso de selección de esta convocatoria se iniciará con la aceptación de la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas selectivas dirigida al Secretario General, Gestor del Área de Reclutamiento o Jefe del Órgano de Apoyo, de la Delegación o Subdelegación de Defensa de la provincia de residencia del aspirante, según modelo que figura como apéndice 1. El plazo de solicitud de cita previa será de diez (10) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Convocatoria: Enlace a convocatoria en el BOE

Fuente: BOE nº 272 de 10/11/2018 (Pág.109620)



Fecha publicacion:
12/10/2018

  Versión imprimible